Ley deja a voluntad de los cabildos la posibilidad de utilizar los instrumentos de participación ciudadana
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Ramos Mendoza reconoció que la redacción de la Ley de Participación Ciudadana no prevé medidas de apremio para que los cabildos, como el actual de Tijuana, garanticen que los ciudadanos puedan hacer uso de los instrumentos como el plebiscito, la consulta y la iniciativa ciudadanas.
Aseguró que debido a que el Artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos determina la responsabilidad de los ayuntamientos, y la a Ley de Participación lo secunda, todo queda reducido a que exista voluntad de los gobernantes en turno para que pueda desarrollarse a plenitud el concepto de democracia participativa.
Aseguró que en el caso de Tijuana, se le ofreció al Ayuntamiento el apoyo del IEE para que se desarrolle el Reglamento y se pueda crear un Consejo Municipal de Participación Ciudadana a la brevedad posible y que el alcalde Juan Manuel Gastélum le aseguró que están trabajando en la Comisión de Puntos Constitucionales del Cabildo.
Por: Octavio Fabela Ballinas
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